Un fallo que marca un hito: la Corte Suprema incluye el caso Florencia Romano en un compendio sobre femicidios

Un fallo que marca un hito: la Corte Suprema incluye el caso Florencia Romano en un compendio sobre femicidios

La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema incorporó la sentencia por la muerte de Florencia Romano en un compendio con las 24 causas más trascendentes del país, marcando un giro histórico al sancionar la inacción del 911.

El máximo tribunal del país resolvió incluir el trágico episodio acontecido en Maipú, Mendoza, a fines de 2020 dentro de un exhaustivo documento que analiza las resoluciones más relevantes de la Argentina. Si bien la mayoría de los expedientes seleccionados se orientan de manera exclusiva a aplicar penas contra los autores materiales, el caso mendocino cobra una relevancia inédita al colocar la lupa sobre el rol de las instituciones públicas. La inclusión de esta causa fundamenta que la inacción o el incumplimiento de los protocolos ante un riesgo inminente constituye una falta grave del Estado frente a un femicidio.

La reconstrucción de los hechos confirmó que la menor de 14 años fue atacada por Pablo Arancibia, quien recibió la pena de prisión perpetua tras probarse su autoría en el hecho. No obstante, el trámite judicial tomó un rumbo revelador al destaparse que una llamada al sistema de emergencias realizada por un habitante de la zona fue desestimada por la operadora de turno. Aquella comunicación telefónica, que advertía de manera explícita sobre un pedido de auxilio en el inmueble, jamás fue derivada a los patrulleros patrullando la zona, consumándose horas después el devastador femicidio.

Florencia Romano. Fuente: X.

Frente a la evidencia de semejante negligencia, la familia de la víctima impulsó una demanda contra el Estado mendocino reclamando una reparación por los daños causados por la omisión del servicio público. Al dictar sentencia, los jueces remarcaron que el Centro Estratégico de Operaciones violó los marcos normativos vigentes y los compromisos internacionales de protección humana al cortar la comunicación. El fallo dejó asentado de forma contundente que la presencia policial oportuna habría cambiado drásticamente el desenlace, ofreciendo una oportunidad real de salvaguardar la vida de la joven antes del femicidio.

El valor jurisprudencial de esta decisión judicial radica en cambiar el paradigma tradicional sobre la intervención de las autoridades públicas en situaciones de violencia extrema. Dentro de las 24 sentencias recopiladas a nivel federal, únicamente tres expedientes contemplan la responsabilidad civil de los gobiernos provinciales por la falta de protección efectiva ante una alerta de femicidio. Las otras dos causas, registradas en las provincias de Salta y Tucumán, expusieron deficiencias equiparables en la custodia dentro de establecimientos carcelarios y en la tramitación de denuncias previas en fueros de familia.

No a la violencia. Fuente: Pexels.

Con la integración de este caso al compendio de la Corte Suprema, el sistema de justicia argentino consolida un estándar de exigencia superior para las fuerzas de seguridad e instituciones de asistencia. De ahora en más, los protocolos de atención telefónica y prevención primaria no podrán ser considerados meras formalidades administrativas, sino deberes jurídicos ineludibles para proteger a las víctimas de violencia. Esta decisión institucional deja establecido que la omisión de ayuda temprana es una falla inadmisible que compromete directamente la responsabilidad del Estado ante un femicidio.

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