Tras la prescripción de la causa por la muerte del joven mendocino, la senadora Anabel Fernández Sagasti exige aprobar la ley que sanciona con prisión efectiva a los conductores que escapen.
El sobreseimiento definitivo del empresario mendocino Alejandro Verdenelli reactivó un fuerte debate político y social sobre las deficiencias de la legislación vial y penal vigente. El conductor, que en agosto de 2017 atropelló y provocó la muerte del joven Alan Villouta en el Acceso Sur, permaneció prófugo durante casi 60 horas antes de entregarse voluntariamente, lo que impidió realizarle a tiempo los controles de alcoholemia y drogas. A casi una década del hecho, y debido a que la Suprema Corte provincial demoró más de cinco años en confirmar la condena original de prisión en suspenso, el tribunal de alzada dictaminó la prescripción de la causa por el paso del tiempo.
Ante esta alarmante resolución judicial, la senadora nacional Anabel Fernández Sagasti denunció de manera categórica que el sistema actual envía un mensaje perverso y premia a la cobardía. La legisladora remarcó que el caso de Alan Villouta expone de forma brutal cómo la fuga funciona como un eficaz truco procesal para ganar tiempo y eludir pericias toxicológicas clave. Según su postura, el hecho de que quien huye sea tratado con benevolencia al presentarse días más tarde representa una distorsión intolerable que solo beneficia a los imputados y desprotege a las víctimas.
Para neutralizar de forma definitiva este tipo de maniobras especulativas, la senadora nacional impulsa desde el año 2022 un proyecto de ley para reformar los artículos 84 bis y 94 bis del Código Penal. La iniciativa legislativa, que ya cuenta con media sanción en el Congreso de la Nación, busca que la evasión del lugar del hecho deje de ser una estrategia conveniente en siniestros viales como el que cobró la vida de Alan Villouta. La propuesta convierte la fuga o la omisión de auxilio inmediato en un agravante autónomo, impidiendo que el paso de las horas iniciales atenúe la responsabilidad penal.
Entre los ejes fundamentales del proyecto parlamentario que espera sanción definitiva, se establece una escala penal de 4 a 8 años de prisión por escapar o no socorrer a los damnificados. Esta modificación en los montos de las penas convertiría a la fuga en un delito inexcarcelable, asegurando que el desprecio por la vida reciba un castigo efectivo en prisión, un reclamo histórico de los allegados a Alan Villouta durante los largos años de litigio. Asimismo, se incorpora al Código Penal la figura de la “culpa grave” para sancionar el obrar temerario al volante de forma puramente objetiva.

El proyecto normativo agrava severamente las penas para aquellos conductores que violen señales viales, crucen semáforos en rojo o circulen con un exceso significativo de velocidad o bajo inhabilitación. Con esta reforma penal, se busca evitar que las dilaciones administrativas sigan operando como el mejor abogado de la impunidad y que las causas terminen extinguiéndose en los cajones judiciales. El objetivo final es garantizar herramientas procesales claras para que tragedias que conmocionaron a Mendoza en torno al nombre de Alan Villouta dejen de culminar en fallos que revictimizan a las familias con la falta de justicia.


