La Legislatura de Mendoza dio sanción definitiva a la iniciativa del Ejecutivo para adecuar el sistema provincial a la normativa nacional, priorizando la reinserción y el acompañamiento socioeducativo de los adolescentes.
La Cámara de Diputados aprobó de forma definitiva el nuevo Régimen Penal Juvenil, una medida impulsada por el Ejecutivo provincial con el claro propósito de armonizar el sistema local con las disposiciones de la Ley Nacional 27.801. En este sentido, la flamante normativa regula la responsabilidad de las personas de entre 14 y 18 años, estructurando un andamiaje institucional que busca superar los viejos paradigmas punitivos. Para lograrlo, la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ) asumirá un rol central en la supervisión de los distintos programas socioeducativos, operando como un espacio de contención institucional cuando las circunstancias así lo requieran para evitar la exclusión total del menor.
Dentro de esta organización, el sistema contempla la actuación de la Unidad de Privación de Libertad, un espacio destinado a administrar los centros especializados para adolescentes detenidos donde se garantiza estrictamente la continuidad educativa y la formación profesional. Por otra parte, funciona la Unidad de Medidas Alternativas (UMA), concebida para gestionar dispositivos comunitarios de abordaje territorial orientados a la protección y restitución de derechos. De este modo, cada joven encuentra dentro de este Régimen Penal Juvenil un marco regulatorio que prioriza potenciar sus capacidades en lugar de profundizar su vulnerabilidad social.
En cuanto a las garantías procesales, el texto legal establece que, ante cualquier duda razonable sobre la edad o la punibilidad del sujeto, siempre primará la interpretación más favorable para el adolescente. Asimismo, los procedimientos judiciales se regirán bajo estrictos criterios de oralidad, confidencialidad, celeridad y perspectiva de género, incorporando incluso un plazo razonable reforzado para las investigaciones. Como contrapartida indispensable a estas medidas, el propio Régimen Penal Juvenil protege de forma absoluta la identidad de los menores involucrados, prohibiendo expresamente la difusión de cualquier dato que permita individualizarlos públicamente frente a la comunidad, preservando así su intimidad.

Por otro lado, la normativa determina que las medidas privativas de libertad deben conservar un carácter eminentemente excepcional, restrictivo y provisional, fijando un límite máximo de dieciocho meses. Como alternativa prioritaria para desalentar el encierro innecesario, el texto introduce el monitoreo electrónico y la permanencia domiciliaria supervisada, asegurando en todo momento el pleno acceso a la salud y a la educación formal. De este modo, el entorno familiar o un espacio sustituto supervisado adquiere un peso fundamental dentro del Régimen Penal Juvenil para cumplir con estas pautas de control telemático sin desarraigar al joven.
A su vez, el proyecto fomenta decididamente los mecanismos de justicia restaurativa, tales como la mediación, la conciliación y la suspensión del juicio a prueba. Para viabilizar este enfoque, se creó un Cuerpo especializado de Mediadores Penales Juveniles encargado de gestionar los diferendos de manera pacífica. Complementariamente, el Régimen Penal Juvenil establece que cada adolescente contará con un Proyecto de Reintegración Social integral diseñado a su medida, el cual buscará devolverle lazos de pertenencia saludables y seguros para su desarrollo integral.

En definitiva, esta reestructuración del fuero especializado en Mendoza representa un cambio de época que intenta equilibrar la responsabilidad penal con la obligación estatal de educar, contener y capacitar a las nuevas generaciones. Lejos de agotar la respuesta estatal en el encierro punitivo, este Régimen Penal Juvenil apuesta a que los dispositivos territoriales y las medidas alternativas actúen como verdaderas herramientas de oportunidades para reconducir el destino de los jóvenes en conflicto con la ley.


